En vísperas de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se llevarán a cabo el próximo domingo 13 de agosto, ha comenzado la veda electoral nacional en Argentina. De acuerdo con el Código Electoral Nacional, una serie de restricciones se imponen tanto en las 48 horas previas a los comicios como en el mismo día de la votación, con el fin de garantizar un proceso de selección de candidatos libre de influencias externas.
El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece que durante las 48 horas anteriores al inicio de las elecciones, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo. Además, queda vetada la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales durante este periodo, abarcando hasta el cierre mismo de las PASO.
La normativa también contempla que la campaña electoral, incluyendo la publicidad electoral audiovisual, debe concluir 48 horas antes del comienzo de las elecciones, según lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley.
En aras de mantener un ambiente propicio para el proceso de votación, el Código Electoral Nacional establece una serie de prohibiciones en el día mismo de las elecciones. La venta de bebidas alcohólicas está restringida desde las 20 horas del sábado 12 de agosto hasta las 21 horas del domingo 13 de agosto.
Asimismo, durante el desarrollo de las elecciones y hasta tres horas después de su cierre, se prohíbe la publicación y difusión de encuestas y proyecciones referentes a los resultados de la elección.
La lista de actividades prohibidas son las siguientes:
a) No se permite la realización de reuniones de electores ni el depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora de votos. Si se tomara posesión de una propiedad de forma forzada, se debe informar a las autoridades policiales de inmediato.
b) Los eventos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y otras reuniones públicas que no estén relacionadas con el proceso electoral están vedados durante el desarrollo de las elecciones y hasta tres horas después del cierre.
c) Los establecimientos que venden bebidas alcohólicas deben permanecer cerrados hasta tres horas después de cerradas las mesas receptoras de votos.
d) Está prohibido ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores en un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
e) Los electores no pueden portar armas ni utilizar banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y tres horas después del cierre.
f) Se prohíben los actos públicos de proselitismo, así como la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio del comicio hasta su cierre.
g) No se permite la apertura de sedes de partidos políticos en un radio de 80 metros del lugar donde se instalan las mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional puede ordenar el cierre temporal de locales que incumplan esta disposición.
h) Queda vedado publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante el día de las votaciones y hasta tres horas después de su cierre.
Con todas estas restricciones en vigor, Argentina se prepara para llevar a cabo unas elecciones libres y justas en las que los ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto sin influencias externas.