Una nueva reglamentación interna de la Armada Argentina, fechada el 27 de febrero de este año, ha marcado un giro en el aspecto personal de su personal militar al prohibir el uso de la barba a partir del próximo mes de abril. La decisión, que fue comunicada a través del “Reglamento de uniformes para el personal de la Armada”.
La normativa, firmada por el contraalmirante Juan Carlos Romay, director general del personal y bienestar, establece de manera categórica en su punto número uno bajo el título “Barba”: “Queda prohibido el uso de la misma para todo el personal militar”. Sin embargo, como es común en estas situaciones, se han establecido excepciones detalladas.
La Armada Argentina ha explicado que esta medida se ha tomado en aras de la practicidad e higiene, especialmente en relación con las actividades y ejercicios militares. El objetivo principal sería garantizar condiciones óptimas para el desempeño de las funciones asignadas a la fuerza naval.
Entre las excepciones destacadas, se encuentra la posibilidad de mantener la barba para las unidades desplegadas fuera de su asiento natural en operación. Esto incluye situaciones en las que las unidades enfrenten limitaciones en su suministro de agua dulce debido a contingencias operativas o restricciones específicas de la unidad que podrían afectar el cumplimiento de la misión.
Además, se permite el uso de barba para aquellos que cuenten con prescripción médica que así lo requiera. En estos casos, la normativa detalla que la barba deberá ser completa con bigotes, prolija y recortada, evitando cualquier excentricidad en su forma y dimensiones.