A través del Decreto 98/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.553 sancionada en julio de 2020.
El Gobierno Nacional reglamentó la ley de recetas electrónicas. Ya no serán válidas las foto recetas, enviadas a través de WhatsApp o por mail. Solo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica tradicional o con la receta electrónica. Este es un archivo realizado por el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación mediante código de barras o código QR.
De acuerdo al decreto, las recetas electrónicas o digitales deberán ser únicas (tener un identificador único que vincula profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras. Los datos deben ser confidenciales y los sistemas progresivamente interoperables.
“Lo que va a ocurrir no es nada distinto a lo que viene ocurriendo, simplemente que ya no hay más posibilidades de seguir aceptando la receta foto, cosa que ya ocurre desde hace mucho tiempo en todas las provincias y en gran parte de la seguridad social, mientras había quedado un grupo especialmente de prepagas y sobre todo en el ámbito del AMBA que seguían aplicando esa modalidad (para pacientes con enfermedades crónicas)”, explicó ayer la jefa de gabinete de la cartera sanitaria Sonia Tarragona.
Además, la funcionaria hizo hincapié en que la “receta foto fue un instrumento temporario, implementado de manera “excepcional” para evitar la movilidad de las personas durante la pandemia de COVID-19, pero ahora es necesario volver a la normalidad que era y sigue siendo la receta papel con la firma manuscrita” o la receta electrónica con firma digital”.