La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) falló en contra de un recurso extraordinario presentado por ANSES en la causa “Calderón, Carlos Héctor c/Anses s/ reajustes varios” y ratifica que las jubilaciones no deben ni deberán pagar Impuesto a las Ganancias.
La sentencia de segunda instancia de la causa data de 2017. En la cual se habría declarado la inconstitucionalidad de la parte de la ley de Ganancias que establece que los haberes jubilatorios están alcanzados a partir de un determinado monto.
El fallo fue firmado por Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Según un profesional en el área tributaria, este fallo “viene a reforzar una línea que venía argumentando la Corte Suprema en cuanto a que si una persona no tiene capacidad contributiva y no se puede hacer cargo de los impuestos, éstos no se tienen que aplicar, como en este caso el impuesto a las Ganancias”.
Ahora bien, ¿Quién deberá o no pagar Impuesto a la Ganancia? Los fallos se aplican, de manera particular, a quien hizo el planteo en la Justicia. Por ello, quien nunca motivó un fallo en esta línea, no tendrá el beneficio. Por su parte, aquellos que están en curso o esperando la sentencia, pueden saber cómo está opinando la Corte Suprema en este tema para tener una idea más clara de cómo manejarse ante esta “problemática”.
Así mismo, cabe aclarar que el Impuesto a las Ganancias se está aplicando a las jubilaciones muy altas y estas son las menos, ya que los montos de las mismas se ubican en 400 mil pesos aproximadamente.