En la última sesión del año, la Legislatura de Córdoba aprobó una serie de cambios en la Ley de Tránsito Provincial 8.560. La iniciativa fue impulsada por el oficialismo y contó con el acompañamiento de legisladores de la oposición.
El proyecto fue elaborado por la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito del Ministerio de Seguridad y tomó aportes de la Fundación Bloomberg, especialistas en seguridad vial y propuestas de distintos bloques legislativos.
La reforma apunta a reforzar la seguridad vial en la provincia mediante sanciones más severas para infracciones graves, la incorporación de nuevas tecnologías en los controles y la inclusión de alternativas educativas y de trabajo comunitario para los infractores.
Uso de luces diurnas en rutas y autovías
Uno de los cambios centrales es la modificación del artículo 74, que habilita el uso de luces diurnas de circulación durante el día en rutas y autovías, siempre que se encienda de manera automática la luz de posición trasera.
Desde la Unicameral aclararon que la norma mantiene la obligación de circular con luces encendidas en rutas nacionales y provinciales, en trazos interurbanos, túneles y sectores señalizados, en cualquier momento del día.
Endurecimiento de sanciones por infracciones graves
La reforma del artículo 115 establece penas más duras para conductas consideradas de alto riesgo, como circular sin seguro obligatorio, exceder los límites de velocidad, realizar adelantamientos prohibidos, transportar exceso de peso o dimensiones, conducir estando inhabilitado, darse a la fuga tras un siniestro vial, contaminar el ambiente o manejar de forma negligente o temeraria.
Actas digitales y controles con tecnología
Otro de los puntos destacados es la modificación del artículo 108, que habilita el uso de actas digitales y la constatación de infracciones mediante medios remotos y tecnológicos. Esto permitirá incorporar dispositivos electrónicos como prueba, reducir el uso de papel y modernizar el sistema de control vial.
Trabajo comunitario y cursos obligatorios
El artículo 121 incorpora el trabajo comunitario como sanción alternativa para infractores, a realizarse en dependencias oficiales, municipales o instituciones de bien público. También se podrá exigir la asistencia obligatoria a cursos, talleres educativos o programas terapéuticos y de orientación, excluyendo juzgados y dependencias policiales.
Reincidencia como agravante
La reforma suma el artículo 121 bis, que introduce la figura de la reiterancia. De este modo, la reincidencia podrá ser considerada un agravante, incluso antes de que quede firme la sanción correspondiente a una infracción anterior.
Con estos cambios, la provincia de Córdoba busca fortalecer la prevención de siniestros viales, sancionar con mayor severidad las conductas peligrosas y sumar herramientas tecnológicas y educativas para reducir la reincidencia.
El proyecto aprobado integró iniciativas presentadas por la legisladora Nadia Fernández, el bloque del PRO y los legisladores Inés Contrera, Carlos Carignano, Nancy Almada, Matías Gvozdenovich, Ariela Szpanin, Miguel Bottasso, José Bría, Mauricio Jaimes, Víctor Molina, Lucas Valiente y Rodrigo Agrelo.
