La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), oficializó mediante la Resolución General 5512/2024 una actualización en los montos que obligan a bancos y billeteras virtuales a informar movimientos, consumos y saldos a partir de 2025. La medida forma parte de una estrategia para reforzar la fiscalización de operaciones financieras y combatir la evasión fiscal y el lavado de dinero.
La normativa establece nuevos umbrales que, al ser superados, habilitan a ARCA a solicitar información sobre las operaciones y el origen de los fondos. Los límites que generan la obligación de reporte son: transferencias superiores a $600.000 entre cuentas propias, ya sea en bancos o billeteras virtuales; saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000; y transferencias por más de $2.000.000 a través de billeteras virtuales.
En caso de que un usuario supere estos montos sin una justificación válida, ARCA podrá iniciar una investigación y exigir documentación respaldatoria. Entre los papeles requeridos se incluyen facturas de compras o ventas, contratos, escrituras, recibos de sueldo, comprobantes de haberes, constancia de inscripción en ARCA y certificaciones contables sobre el origen de los fondos. También puede solicitar información detallada de las cuentas involucradas, como tipo, CBU/CVU, titulares e identificación de los participantes.
Si durante la investigación se detectan incumplimientos, demoras o falta de respuesta, ARCA podrá aplicar sanciones como multas económicas, bloqueos preventivos de cuentas e incluso reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF), lo que podría afectar seriamente la operatividad financiera del usuario.