Todos aquellos arroyitenses que demuestren ser propietarios de hasta tres inmuebles baldíos que en su sumatoria final no superen los mil metros cuadrados, quedan eximidos de un 100% de la sobretasa de baldío.
Los propietarios que deseen acogerse a dicha exención deberán acercarse al municipio para completar allí una Declaración Jurada, debiendo cumplir con los requisitos determinados por el Organismo Fiscal, teniendo como ítem obligatorio no registrar ningún tipo de deuda.
De igual forma, las personas que hayan adquirido un terreno baldío mediante un boleto de compra-venta tendrán que dirigirse al municipio a actualizar los datos de titularidad.
Dato no menor a destacar es que si deseas realizar mencionado trámite, es necesario asistir con el número de cuenta municipal de Tasa a la Propiedad (figura al inicio del cedulón margen izquierdo).